Existen pocas armas en el mundo tan poderosas como una niña con un libro en la mano.
Malala Yousafzai
El pasado 11 de julio del presente año, se promulgo la ley 2244, que reivindica un logro más en favor de las mujeres, la “Ley de parto digno, respetado y humanizado”.
Pretende el legislador, reconocer y quizás lo más importante, garantiza el derecho que tienen las mujeres durante el periodo de embarazo, el mismo trabajo de parto, el parto, post parto, duelo gestacional y perinatal a tener “libertad de decisión, conciencia y respeto”.
[1] Artículo 1, Ley 2244 de julio 2022
Dentro de los muchos aspectos para resaltar de esta Ley, encontramos desde su mismo título, el respeto y la humanización de los procesos y etapas desde el momento del embarazo, hasta su feliz término; pero también es enfática en que sea una estratégica inclusiva, designando a las madres gestantes como sujetos de especial protección, buscando dar garantías de igualdad, equidad y no discriminación, por eso el ámbito de esta ley es para todo el territorio nacional.
De detiene esta nueva norma a enumerar los derechos que le concede a las mujeres en gestación, derechos que se creen deberían ser tácitamente inherentes a su misma condición, pero cuida el legislador en dejarlos expresos y de esa manera, lograr sin equívocos que la madre gestante, reciba una atención adecuada, eficiente, oportuna, que sea tratada con respeto, le da el status de “sujeto de derechos y de protección especial”
Parágrafo 3, Art. 4 ibídem
De igual manera, instruye a los prestadores de atención en salud a que durante las etapas de gestación, trabajo de parto, parto, post parto use un lenguaje claro y fácil de entender, esto es le exige tener un conversación asertiva con la paciente.
Aunado a lo anterior, plasma el respeto que deben tener por las costumbres étnicas, culturales, sociales y de diversidad.
Sobresale también dentro de estos derechos, el que se entienda la necesidad de instruir mediante cursos como preparar a la madre en embarazo, para todas las etapas de su estado, pero de manera científica, actualizada con personal idóneo.
Para que el efecto de esta ley sea el mejor, tanto para la madre como para el recién nacido, también instruye a la mujer con deberes, invitándola a hacer valer sus derechos, pero a que también cumpla con las recomendaciones, que mantenga un dialogo respetuoso y fluido con los agentes de salud que le harán seguimiento a cada una de las etapas de embarazo.
Finaliza esta norma dándole responsabilidades al estado, en especial al ministerio de salud para el cumplimiento de esta ley y algo muy importante y que entre otras razones fue la que nos motivó a hacer este artículo: Promulgar y promover el conocimiento de esta ley.
Querido lector, esperamos lograr nuestro objetivo, de ayudar a dar a conocer las novedades en materia de Derecho de normas, leyes, decretos que como la tratada en este artículo promueven derechos y beneficios a la ciudadanía, queremos que se sepa de la existencia de estas en nuestro beneficio, para que las hagamos valer y que no se queden en solo buenas intenciones que por desconocimiento de las personas no sean aplicadas.